Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

VOLVER AL MENÚ PRINCIPAL


1587
Legislatura: 1894-1895 (Cortes de 1893 a 1895)
Sesión: 14 de noviembre de 1894
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Réplica
Número y páginas del Diario de Sesiones: 3, 26-27
Tema: Debate sobre la figura del Monarca

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Pido la palabra.

El Sr. VICEPRESIDENTE (Marqués de Teverga) : La tiene V. S.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Quiere el Sr. Mella que el Gobierno declare si es injuria o no el atribuir a una persona el pertenecer a la masonería. Comprenderá el Sr. Mella que el Gobierno no puede hacer esa declaración porque no tiene semejantes atribuciones; en todo caso, eso lo declararan los tribunales de justicia, que son quienes definen los delitos, sean de injuria, sean de calumnia, sean de la clase que quieran (Muy bien, muy bien); y no estaría bien en el Gobierno que se levantara a decir lo que exclusivamente corresponde a los tribunales. [26]

Por lo demás, yo debo declarar que el atribuir a S. M., o el atribuir a cualquiera español, el pertenecer a la masonería, no lo considero bajo el punto de vista jurídico como delito, porque no está tal delito definido en el Código penal. (Muy bien.)

La calumnia es la imputación de un delito ; y como el Código penal no ha dicho todavía que sea delito el pertenecer a la masonería, claro está que no es calumnia el atribuir a uno participación en la masonería. (Muy bien.)

Puede en todo caso haber injuria; allá lo considerarán los tribunales; lo que hay siempre tratándose de una Reina católica, es una ofensa muy grave, de lesa majestad; y si es injuria, será también delito de lesa majestad. (Muy bien.- El Sr. Cánovas del Castillo: es un delito de lesa majestad .) ¡Si ya lo he dicho!

Pues bien, yo siento que el Sr. García Alix haya traído esta cuestión aquí ; lo mejor era no haberla traído.

Imputaciones tan absurdas, que no han fructificado en el país, que no ha creído ,ningún español, que en manera alguna podían lastimar a la excelsa persona a quien iban dirigidas, era mejor no haberlas traído al Parlamento; porque, ¿qué mis quiere el autor de esa imputación, si lo ha hecho con intención de herir los sentimientos de S. M. y ponerla enfrente de las ideas religiosas que ella profesa, y tan bien y tan sinceramente representa en el elevadísimo puesto que tan dignamente ocupa? ¿Qué más puede desear el autor de esa imputación que la publicidad que le ha dado S. S.?

De manera que S. S. ha venido, sin querer, a contribuir a la obra mal intencionada de los que han publicado semejante noticia, que no es más que una verdadera paparrucha : ni más, ni menos. (Aplausos.)

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta) : No es que yo tenga escrúpulos ni sea en este punto modesto; es que en el puesto que ocupo tengo el deber de respetar lo que es atribución de los tribunales, y no estaría bien que desde aquí dijera yo lo que sólo puede decir un tribunal ; de manera que no es modestia, es el cumplimiento de un deber elemental al que no puedo sustraerme.

Preguntaba S. S. : si no es injuria, ¿por qué se persigue al sacerdote Sr. Corbató? Pues yo digo a S. S. que no sé por qué se le persigue. Se le persigue como autor de un libro en el cual, no sólo se hace la afirmación de que nos hemos ocupado, sino que se dicen otra porción de cosas que yo conozco porque he leído el libro, pero de las que no debo hablar porque la cuestión está sub judice. El tribunal dirá por qué le persigue, a su tiempo se conocerá el proceso; entretanto, ¿qué he de decir yo? ¿Puedo ni debo decir algo sobre el particular? No; de ninguna manera.

No sé si esto satisfará al Sr. Mella. (El Sr. Mella hace signos negativos.) ¿No satisface a S. S.? Pues lo siento, pero no puedo decir más. ¿Qué quiere S. S. que le diga entonces, que es injuria o que no es injuria? Allá los tribunales lo dirán ; yo no puedo decirlo.

¿Quiere S. S. que le diga mi opinión particular? Pues en ese sentido diré a S. S. que yo he creído que atribuir a una persona que pertenece a la masonería no era injuria, hasta el punto de que yo he pertenecido a la masonería porque he creído que pertenecer a la masonería no era delito.

Después, cuando he visto que los Papas insistían en su condenación, yo, que me precio de buen católico... (Aplausos y grandes risas) apostólico romano, tan católico apostólico romano como S. S., no me he querido poner enfrente de la Iglesia y me he separado de la secta.

Particularmente, pues, puedo decir a S. S. que si yo hubiera considerado que el pertenecer a la masonería era delito, yo no hubiera pertenecido nunca a la masonería; porque no ha entrado en mis ideas, ni aún en mi corazón, ni en mis sentimientos, el ser jamás delincuente a sabiendas. No tengo más que decir. (Aplausos.)



VOLVER AL MENÚ PRINCIPAL